Sentencia: 0440/2012 de 22 de junio de 2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0440/2012 de 22 de junio de 2012

Fecha: 22-Jun-2012

II.3.

II.3. En el petitorio de la acción de amparo constitucional, los accionantes solicitan se declare ilegal y sin efecto la conminatoria de desocupación de ambientes de 5 de marzo de 2012 y se ordene a los demandados respetar su “posesión” y derecho al trabajo en la Terminal Bimodal “Cástulo Chávez”, en los espacios que ocupan, entre tanto no exista un mandamiento de desalojo firmado por autoridad jurisdiccional competente. De la revisión del expediente y lo manifestado por los accionantes, en distintas oportunidades, mediante cartas notariadas -25 de junio de 2011, 2 de febrero y 5 de marzo de 2012-, se les solicitó el desalojo de los “locales” que les fueron cedidos en arrendamiento, por haberse cumplido el plazo del contrato e incluso se les otorgó determinado tiempo para dicho efecto. En ese sentido, no se advierte que los demandados hubieren ejercido actos de violencia o arbitrarios que se tornen en ilegal para conseguir el desalojo, al contrario, dichos actos pueden entenderse como preparatorios, para finalmente acudir al medio legal correspondiente.