SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0308/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0308/2012

Fecha: 18-Jun-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En su condición de médico cirujano participó y ganó un concurso de méritos y examen de competencia para el cargo de cirujano general del Hospital “San Juan de Dios” del departamento de Oruro, siendo designado por el Tribunal calificador mediante memorándums expresos, además de ser ratificado mediante “Resolución Prefectural Nº. 89/2009” (sic), y no existiendo impugnación alguna en el desarrollo del concurso, el mismo se hallaría convalidado, por lo que empezó a ejercer el cargo que ganó en el citado concurso; sin embargo, por razones desconocidas el Director del SEDES del departamento de Oruro, lo denunció ante el Ministerio Público por el supuesto delito de “Uso Indebido de Influencias”, denuncia penal que fue rechazada mediante Resolución de 3 de noviembre de 2009, por no existir elementos de prueba de la comisión del delito indicado; empero, solo con el fin de perjudicarlo en el ejercicio de su profesión, el referido Director del SEDES después de varios días ordenó al sumariante de esa Institución que inicie proceso administrativo interno en su contra por el mismo ilícito de uso indebido de influencias, pretendiendo procesarlo dos veces por el mismo hecho, en consecuencia el accionante solicitó al sumariante la nulidad del proceso administrativo, el mismo que rechazó esta solicitud no dando lugar a la misma, con lo que se prueba los actos ilegales, omisiones indebidas que suprimen sus derechos constitucionales. 

Señala además que en su caso el perjuicio y el riesgo es inminente, al haber sido perjudicado para un ascenso de cargo a nivel nacional y se pretendería suprimir su puesto privándole del derecho al ejercicio profesional, como cirujano general del Hospital San Juan de Dios al que reitera optó por concurso de méritos y examen de competencia.