Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0308/2012
Fecha: 18-Jun-2012
I.1.3. Petitorio
Solicita se dicte sentencia declarando procedente la acción interpuesta, disponiendo para el caso, la notificación a los demandados para que procedan a la suspensión del proceso administrativo interno instaurado en su contra, debiéndose aplicar al efecto el art. 102.II de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- “procedente” EN PARTE
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza Jurídica de la acción de amparo constitucional y su carácter subsidiario
- III.2. Subreglas de la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2º