SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0320/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0320/2012

Fecha: 18-Jun-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Emergente de un proceso penal público contra Lucho Barja Loayza por la presunta comisión del delito de “Violación”, previsto y sancionado en el art. 308 Bis. del Código Penal (CP), demanda radicada en el Tribunal de Sentencia de la localidad de Ivirgarzama, en esta tramitación procesal el acusado planteó recusación, sin  fundamento legal contra Mirtha Gaby Meneses Gómez -ahora demandada-, Presidenta del Tribunal de Sentencia de Ivirgarzama, solo con el objeto de dilatar el proceso penal.

Al conocer la recusación en su contra, la Jueza de manera indebida e ilegal bajo Resolución de 3 de marzo de 2010, se allanó así misma, con el argumento que tiene una denuncia penal interpuesta por Diego Barja Loayza, tercero ajeno al proceso y hermano del acusado que nada tiene que ver en el proceso.