SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2012

Fecha: 18-Jun-2012

1)

Empero el codemandado, Eddy Mejía Montaño, Juez de Partido en lo Civil y Comercial, presentó informe en audiencia, indicando qué: 1) La vulneración de derechos y garantías que se reclama ya fue resuelto por Auto de Vista de 27 de abril de 2009; 2) Aclaró que el domicilio del garante está señalado en el documento de letra de cambio, la cual se encuentra debidamente suscrita; y, 3) El Auto de 31 de octubre de 2007, “…en los hechos resolvió dos incidentes, los mismos que fueron rechazados con el fundamento contenido en el mismo” (sic).