SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0333/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0333/2012

Fecha: 18-Jun-2012

“En la normativa reglamentaria de la Academia Nacional de Policías, no está contemplado el incidente de nulidad. El presente tramite, es un proceso administrativo disciplinario diferente a otros procesos de otra materia”

Ante la vulneración de sus garantías constitucionales presento nulidad de obrados contra el proceso disciplinario 035/2009, que fue rechazado expresando: “En la normativa reglamentaria de la Academia Nacional de Policías, no está contemplado el incidente de nulidad. El presente tramite, es un proceso administrativo disciplinario diferente a otros procesos de otra materia” (sic), por lo que considera que los demandados desconocieron la normativa y vulneraron de manera flagrante, su ordenamiento jurídico, dado que incumplieron lo dispuesto por el Tribunal de garantías.

Por otra parte presentó recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra los arts. 10 INCISO Dinc.6); 40 INCISO B Y C; y, 49 del Reglamento de Régimen Disciplinario de la Academia Nacional de Policías, el mismo que fue observado por Auto motivado 040/2009 que en la parte dispositiva señala, no haberse dado cumplimiento al “art. 35 incs. a y b  del Reglamento de procedimientos constitucionales” (sic).

Pese a ello, por RA 045/2009 de 5 de octubrese dispuso su retiro definitivo, sin derecho a reincorporación, sanción impuesta sin cumplir los procedimientos legales respectivos, basándose únicamente en el parte verbal elevado a conocimiento de la Dirección Nacional de Instrucción y Enseñanza de la Policía Nacional, la misma que fue objeto de recurso de revocatoria el 7 de octubre del citado año, habiendo sido confirmada a través de la Resolución 052/2009 de 10 de noviembre, emitida por la Comisión del Régimen Disciplinario de la ANAPOL, sin tomar en cuenta los argumentos del recurso de revocatoria.