SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0337/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0337/2012

Fecha: 18-Jun-2012

el 23 de septiembre de 2009

En ese entendido, cabe referirse a la actuación del Tribunal de garantías; no obstante, haber presentado la acción de amparo el 23 de septiembre de 2009; se pronunció el Auto de Admisión recién el 4 de noviembre del citado año; es decir, aproximadamente un mes y medio después, en el que señalan audiencia para el 24 de ese mismo mes y año; -veinte días después de admitida la demanda-, y transcurrido dos meses desde la presentación; dictando la Resolución de amparo recién el 24 de diciembre de 2009, y remitido a este Tribunal por nota de 28 de diciembre; sin embargo, se envió recién el 1 de marzo de 2010, conforme se evidencia del formulario de recepción del courier; advirtiéndose que incurrió en una excesiva demora en la tramitación de la presente causa, desnaturalizando su esencia sumarísima y atentando con ello a la eficacia de esta acción de defensa.