SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0337/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0337/2012

Fecha: 18-Jun-2012

II.4.

II.4. Por fotocopia legalizada extendida por el Jefe del Departamento Nacional de Escalafón Único y el informe de 23 de noviembre de 2009, emitido por el Jefe Departamento I de Personal de la ciudad de Trinidad, evidencian que a petición del accionante se le otorgó permiso por cinco días; empero, no volvió a retomar sus funciones policiales desde el 3 de septiembre de 2009, habiéndose remitido antecedentes a la Dirección Nacional de Responsabilidad Profesional por deserción (fs. 76 y 82).