Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0347/2012
Fecha: 22-Jun-2012
II.3.
II.3. Mediante Resolución de 6 de marzo de 2009, suscrito por Cesar Pedro Adrian, Fiscal de Materia, se dispuso que la Gerencia Regional de Aduana Cochabamba proceda a la liberar y entregar la totalidad de la mercancía detallada en las facturas fiscales, a favor de Ariel Lamas Llanque (fs. 112 a 116 vta.); Por memorial de 19 de marzo de 2009, suscrito por Mirko Mérida Terán y Lidia Vogt Parraga, abogados de Gerencia Regional Cochabamba de la Aduana Nacional se objetó la Resolución de 6 de marzo de 2009, solicitando que el Fiscal superior disponga la remisión de ese proceso a la Aduana Interior para que este sea resuelto por la vía administrativa (fs. 117 a 120).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el principio pro actione se constituye como es deber de interpretar las normas procesales en el sentido más favorable a la admisibilidad de la acción, lo que también evita pronunciamiento de inadmisibilidad por defectos que puedan ser subsanados sin dar la oportunidad de hacerlo, prohibiendo asimismo la discriminación al acceso de la justicia de cualquier persona y brindar una justicia pronta y oportuna, sin dilaciones.
- III.2. Del debido proceso como garantía jurisdiccional
- Sin embargo, sin alterar la figura que se encuentra dentro del ámbito de tutela del recurso directo de nulidad y ante la existencia manifiesta, grave e irreparable de vulneración de derechos fundamentales en el desarrollo de esta investigación por las actuaciones y decisiones del Fiscal de Materia y Fiscal de Distrito referidos, corresponde a este Tribunal aplicar excepcionalmente el principio pro actione con la finalidad de asegurar la materialización del valor de justicia tutelando el derecho a la competencia como elemento del debido proceso a través de esta acción de amparo constitucional.
- APROBAR