SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0364/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0364/2012

Fecha: 22-Jun-2012

II.4.

II.4.    Por memorial de 13 de “agosto” -lo correcto es septiembre- de 2011, el accionante interpuso recurso de revocatoria contra la RA 004/2011, con los siguientes fundamentos: 1) Los informes presentados, por los que se establece que desempeñaba funciones en otros centros de salud, cursan en fotocopias simples, careciendo de valor probatorio; 2) Según el acta de 19 de agosto de 2011, la persona que lo suscribe no adjunta documentación válida que lo identifique como autoridad de salud, el que tampoco se constituyó en parte en el caso de autos, por lo que no puede aportar pruebas de cargo -la que no fue puesta en su conocimiento-; 3) Con la entrega de las fotocopias legalizadas, el 9 de septiembre de ese año, recién tuvo conocimiento del Voto Resolutivo “02/08/2011”; 4) Las pruebas de descargo no fueron valoradas por la autoridad sumariante; 5) El término probatorio fue clausurado con anticipación de “dos” días hábiles sin observar lo previsto por el art. 22 del DS 26237; y, 6) La RA 004/2011, fue emitida un día domingo, siendo por ende, nula de pleno derecho (fs. 128 a 131 vta.).