SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0391/2012
Fecha: 22-Jun-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia que las autoridades demandadas vulneraron sus derechos al trabajo, a la vida, a la remuneración justa y a la “estabilidad e inamovilidad funcionaria”, en su calidad de trabajador que tiene bajo dependencia a una persona con discapacidad, por cuanto se hallaba desempeñando diferentes funciones en el Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, hasta que por nota redactada a mano por el Director de RR.HH. -acto ilegal y sin competencia-, se decidió proceder a su desvinculación el 18 de enero de 2011, sin tomar en cuenta la condición de discapacidad de su hermana, obviando la normativa legal al respecto, por lo que solicitó reiteradamente a la Alcaldesa codemandada su reincorporación, respondiéndosele de manera negativa a su pedido. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- no ha sido derogado o abrogado expresamente
- II. Los trabajadores o funcionarios que tengan bajo su dependencia personas con discapacidad, en 1º (primer grado) en línea directa y hasta el 2º (segundo grado) en línea colateral, gozarán también de inamovilidad funcionaria en los términos establecidos en el parágrafo precedente’
- pueden acudir directamente ante la justicia constitucional
- Fragmento 18
- III.2. Análisis en el caso concreto
- III.3. Otras consideraciones
- APROBAR