Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0418/2012
Fecha: 22-Jun-2012
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Los accionantes acusan la vulneración de los arts. 13, 14, 16, 17, 18, 19, 20, 35, 58, 59, 60, 62 y 77 de la Constitución Política del Estado (CPE), relativos a las características de los derechos reconocidos por la Norma Suprema, la prohibición de toda forma de discriminación, los derechos al agua y a la alimentación, a recibir educación, a la salud, a un hábitat y vivienda adecuada, además al acceso universal y equitativo a los servicios básicos de agua potable, alcantarillado, electricidad, gas domiciliario, postal y telecomunicaciones.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- III.2. Carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- siempre que el ordenamiento jurídico ordinario no prevea un medio idóneo para reparar la lesión producida
- b) cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico
- III.3. Análisis del caso concreto
- Las resoluciones dictadas en ejecución de sentencia podrán ser apeladas sólo en el efecto devolutivo, sin recurso ulterior
- REVOCAR