SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0429/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0429/2012

Fecha: 22-Jun-2012

II.7.

II.7. Por memorial de 3 de septiembre de 2009, el Alcalde Municipal interpuso  recurso de casación en el fondo, por la determinación efectuada en el Auto de Vista 204/2009; sin embargo, los Vocales demandados, por Auto de 10 de septiembre de 2009, dispusieron “Conforme lo dispuesto por el art. 518 del Código de Procedimiento Civil  y al no encontrarse el recurso inserto en el catálogo de casos de procedencia previsto en el art. 225 del mismo cuerpo de leyes. NO HA LUGAR a la concesión del mismo” (sic) (fs. 47 a 51).