Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0443/2012
Fecha: 22-Jun-2012
II.1.
II.1. El 31 de octubre de 2000, el representado del accionante firmó conjuntamente con los directivos de la ZOFRA Comercial e Industrial de Cobija, la Resolución 012/2000, autorizando a la Dirección Ejecutiva, que del 1.5% generados por el derecho de ingreso se destine diariamente un aporte equivalente al 0,5% del valor “CIF” ZOFRA - Cobija de las mercancías a favor de la Universidad Amazónica de Pando, mediante depósito a efectuarse en la cuenta 1-637930 del Banco Unión S.A., con destino a la implementación y diversificación de nuevas carreras en la mencionada casa superior de estudios (fs. 3 a 4).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De la acción de inconstitucionalidad concreta
- III.3. La acción de amparo constitucional no tutela ni resuelve aspectos relativos a la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley
- III.4. Análisis en el caso concreto
- denegado
- APROBAR