SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0482/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0482/2012

Fecha: 06-Jul-2012

b)

b) El segundo momento histórico, radica en el hecho de que el 2 de agosto de 2008, Jesús Marcelo Ortiz Delgado, transfirió el inmueble citado a sabiendas de que si bien la documentación figuraba a su nombre; empero su persona no era el verdadero propietario, obteniendo un beneficio económico, afectando el patrimonio de Héctor Vintor Fernández Huanca, al no contar con su consentimiento.

Es en este segundo hecho, se contextualiza la comisión del delito de estafa, por cuanto, Jesús Marcelo Ortiz Delgado, al realizar el acto de disposición, obtuvo un beneficio económico en favor propio en desmedro de otro, atacando la propiedad ajena. Al respecto el Código Penal en su art. 335, es claro al definir al delito de estafa, de la siguiente manera: “El que con la intención de obtener para sí o un tercero un beneficio económico indebido, mediante engaños o artificios provoque o fortalezca error en otro que motive la realización de un acto de disposición patrimonial en perjuicio del sujeto en error o de un tercero, será sancionado con reclusión de uno a cinco años y con multa de sesenta a doscientos días.”