Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0482/2012
Fecha: 06-Jul-2012
II.4.
II.4. El accionante mediante memorial de 14 de abril de 2010, solicita la complementación de la Resolución del Tribunal de garantías, pidiendo se deje en suspenso el trámite del proceso penal, en tanto en revisión el Tribunal Constitucional Plurinacional, emita la Sentencia Constitucional (fs. 82 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La autonomía de la voluntad
- III.3. Sobre el instituto jurídico de la prescripción en el ámbito penal
- III.4. Análisis y aplicación al caso de autos
- b)
- y su consumación se produce en el momento en que el sujeto activo obtiene un beneficio o ventaja económica, ya sea en favor propio o en favor de un tercero; en consecuencia, este tipo penal conlleva un efecto instantáneo, que se materializa cuando se produce la ventaja económica
- la fecha de su comisión, radica en la venta del inmueble sin el consentimiento del verdadero propietario