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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0514/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0514/2012

    Fecha: 09-Jul-2012

    II.3.

    II.3.  Mediante Auto de 2 de julio de 2001, el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial determinó que al haber sido declaradas improbadas las excepciones opuestas por la empresa demandada y al no haberse planteado recurso alguno contra la Resolución de 5 de junio de 2001, la misma es declarada ejecutoriada (fs. 59 vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • improcedente
    • Fragmento 7
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Facultad de valoración de la prueba corresponde a la jurisdicción ordinaria y no a la jurisdicción constitucional
    • III.2.1.Interpretación de la legalidad ordinaria
    • o mediante apoderado con poder especial, suficiente y bastante
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • APROBAR

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