Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0523/2012
Fecha: 09-Jul-2012
II.9.
II.9. Los demandados por informe de 16 de abril de 2010, presentados ante el Presidente y Vocales de la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca establecen que desde el año 2005, permitieron vivir gratuitamente a la accionante Judith Pino Delgadillo, quien de forma abusiva se permitió alquilar el inmueble a la estudiante Carla Fanny Vásquez Flores y familia.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- “conceda”
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- “concediendo parcialmente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.3.
- II.5.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Medidas de hecho y el principio de subsidiariedad
- III.3. Procedencia de la tutela excepcional en las medidas de hecho
- III.4. En cuanto a la dignidad humana
- Fragmento 16
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR