SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0535/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0535/2012

Fecha: 09-Jul-2012

exige del intérprete la aplicación de pautas de interpretación, entre las cuales se encuentran verbigracia el principio de unidad constitucional y los criterios teleológicos y sistémicos de interpretación constitucional, los cuales aseguraran una decisión razonable del intérprete, acorde con la ingeniería constitucional imperante.

En efecto, la interpretación constitucional, en el marco de los postulados propios del Estado Constitucional de Derecho y merced al fenómeno de constitucionalización del ordenamiento jurídico, exige del intérprete la aplicación de pautas de interpretación, entre las cuales se encuentran verbigracia el principio de unidad constitucional y los criterios teleológicos y sistémicos de interpretación constitucional, los cuales aseguraran una decisión razonable del intérprete, acorde con la ingeniería constitucional imperante.

En el orden de ideas señalado, debe establecerse que solamente a través de métodos específicos de interpretación como los referidos precedentemente, los cuales constituyen aspectos esenciales de una coherente técnica de argumentación jurídica, la labor hermenéutica realizada por el último y máximo contralor de constitucionalidad, es decir el Tribunal Constitucional Plurinacional, asegurará la vigencia material del fenómeno de constitucionalización del ordenamiento jurídico.

En ese orden y bajo los postulados teóricos antes expuestos, se tiene que los presupuestos para la configuración del contenido esencial del derecho al acceso a la función pública y los requisitos en el art. 234 de la CPE, deberán a través de pautas de interpretación constitucional, ser establecidos en la presente Sentencia, tarea que será realizada infra.