SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0535/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0535/2012

Fecha: 09-Jul-2012

II.5.

II.5.   En antecedentes oficio “COM.INST.APEL. Nº 001/12 de 29 de febrero de 2012”, dirigido a Anselmo Rodríguez Ortega, Vicerrector de la UAJMS, mediante el cual, se establece que Jaime René Urquiola Cardozo, “no cumple con el requisito indispensable establecido en el punto III.7 de la Convocatoria, siendo que no se adjunta la Solvencia Fiscal en el sobre “A” (sic), en base a esta consideración, se concluye lo siguiente: “Se confirma el resultado de la Comisión Facultativa de inhabilitación, en el marco del informe legal 358/2011 emitido por Asesoría Legal de la UAJMS en base a la solvencia fiscal (formulario 02081) presentada por Jaime Urquiola (cuya copia sea adjunta al presente)”. Esta decisión se encuentra suscrita por Arminda Casso, Secretaria Académica; Severino Salvatierra, representante de la (FUD), Omar Pérez Aramayo y de la (FUI) y Arturo Cuéllar Lora; todos miembros de la Comisión Institucional de Apelaciones de la UAJMS (fs. 112 a 113).