SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0542/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0542/2012

Fecha: 09-Jul-2012

a)

El Alcalde y Concejales del municipio Villa José Quintín de Mendoza “San Benito” en el memorial que cursa de fs. 218 a 220 vta., y en audiencia por intermedio de su abogado, manifestaron lo siguiente: a) No es evidente que los representados del accionante sean propietarios de tres lotes de terreno ubicados en “Pancho Suyo”, ni que tengan la extensión territorial en su frente, cual afirma el accionante; b) Las autoridades demandadas obraron atendiendo la solicitud de los vecinos al haber considerado en la sesión ordinaria de 16 de diciembre de 2009, la “apertura de calle en la zona norte”; c) La presente acción de amparo constitucional se dirige contra cuatro Concejales, no obstante que el Concejo Municipal está integrado por cinco; d) El accionante falsamente afirma que después de diez días de emitida la Ordenanza Municipal sus representados se habrían opuesto a la misma, ya que el memorial que presentaron fue recibido en Secretaría del Concejo Municipal el 29 de enero de 2010; e) Los terrenos que los accionantes consideran afectados y sobre los que aducen tener derecho propietario, en realidad es con derecho propietario controvertido, está en plena tramitación ante el Juzgado Agrario de la provincia Punata, un proceso interdicto de recobrar la posesión entre el Alcalde, Leónidas Rojas Onofre con Clara Elena Pereira Quiroga, mandante del accionante; f) Los accionantes presentaron solicitud de reconsideración ante el Concejo Municipal, empero, ésta se encuentra fuera de plazo legal; y, g) En inmediaciones de la calle existe un establecimiento educativo que es el más grande de “San Benito”, por donde pasa la carretera Cochabamba-Santa Cruz, y no existe una calle adyacente en la que puedan circular los alumnos, también se está construyendo un hospital de segundo nivel, y esa es otra razón por la que el Concejo Municipal decidió abrir la calle. Por último solicitaron se deniegue la tutela.