SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0565/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0565/2012

Fecha: 20-Jul-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante alega que el Auto Supremo 039 del 17 febrero del 2010, pronunciado por las autoridades demandadas, que resolvió no ha lugar a la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, carece de fundamentación y motivación, lo que conllevó a la vulneración de sus derechos y garantías constitucionales al debido proceso en su vertiente del derecho a recibir una decisión fundamentada y congruente, a la “seguridad jurídica” y a ser procesado en un plazo razonable, toda vez que le atribuyeron la mora procesal manteniendo vigente la sustanciación del proceso, sin tomar en cuenta que los incidentes planteados por la parte querellante fueron dilatorios, excediendo los límites de la razón, atribuible también a las autoridades judiciales, no obstante de que dicha extinción se constituye en un instituto procesal penal que cumplidos los requisitos de ley previa la comprobación del transcurso del tiempo previsto por la norma, corresponde la extinción de la acción. En consecuencia, corresponde analizar, si en el presente caso, se debe conceder o denegar la tutela solicitada.