Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0565/2012
Fecha: 20-Jul-2012
III.2. Análisis del caso concreto
El accionante considera que, el Auto Supremo 039, emitido por los Ministros de la Sala Penal de la Corte Suprema -ahora Tribunal Supremo- de Justicia, a tiempo de resolver la solicitud presentada por el ahora accionante, declarando no ha lugar a la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, demuestran una clara vulneración a derechos fundamentales y garantías constitucionales como el debido proceso y la “seguridad jurídica”, al carecer -dicho Auto Supremo- de fundamentación, motivación y congruencia en su contenido, puesto que las mencionadas autoridades se limitaron a exponer las conclusiones sin explicar sus razones.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- “…la demanda debe dirigirse contra la persona que en el momento de la presentación de la acción,
- III.2. Análisis del caso concreto
- la demanda de la presente acción tutelar debió dirigirse contra los miembros de la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia que al momento de la presentación de esta acción constitucional ostentaban el cargo desde el cual se realizó el presunto acto ilegal,
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