Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0571/2012
Fecha: 20-Jul-2012
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
La presente acción de libertad fue sorteada el 9 de mayo de 2012, habiéndose emitido el AC 0055/2012 de 18 de mayo, cursante de fs. 13 a 14, disponiendo que el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, remita documentación complementaria a este Tribunal en el plazo de setenta y dos horas, a cuyo efecto fue suspendido el plazo para el pronunciamiento del fallo constitucional correspondiente; el mismo que fue reanudado el 27 de junio del año en curso, conforme se desprende de las diligencias de notificación cursantes de fs. 42 y 43 de obrados.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- III.1. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- III.2. Celeridad en las actuaciones procesales y la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.3. La demora en la remisión del recurso de apelación incidental en medidas cautelares constituye un acto dilatorio
- veinticuatro horas
- se considera acto dilatorio en el trámite de la cesación de la detención preventiva, también cuando: “d)
- Fragmento 14
- III.4. El deber de diligencia de los jueces y tribunales de garantías en la remisión de prueba al Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.5. Análisis en el caso concreto
- III.6. Omisión del Tribunal de garantías en la recolección de prueba
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