Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0571/2012
Fecha: 20-Jul-2012
II.2.
II.2. Mediante oficio 254/2012 de 15 de mayo, el Juez demandado remitió en grado de apelación el Auto de medida cautelar dictado dentro del proceso penal que por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas que sigue el Ministerio Público contra el representado del accionante y otros; cuaderno procesal que según el cargo de recepción fue recibido en la Sala Penal Segunda la indicada fecha (fs. 38, y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- III.1. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- III.2. Celeridad en las actuaciones procesales y la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.3. La demora en la remisión del recurso de apelación incidental en medidas cautelares constituye un acto dilatorio
- veinticuatro horas
- se considera acto dilatorio en el trámite de la cesación de la detención preventiva, también cuando: “d)
- Fragmento 14
- III.4. El deber de diligencia de los jueces y tribunales de garantías en la remisión de prueba al Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.5. Análisis en el caso concreto
- III.6. Omisión del Tribunal de garantías en la recolección de prueba
- 2°