Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0591/2012
Fecha: 20-Jul-2012
acción de inconstitucionalidad concreta
En la acción de inconstitucionalidad concreta promovida por Luis Oswaldo Ortega Patiño, Jefe Departamental de Trabajo de Oruro, a instancia de Cristian Erick Decormis Chávez y Edgar Luis Núñez Crespo, en representación de la Empresa Minera Inti Raymi S.A. (EMIRSA), demandando la inconstitucionalidad del parágrafo II del Artículo Único del Decreto Supremo (DS) 0495 de 1 de mayo de 2010, que incluye el parágrafo IV al art. 10 del DS 28699 de 1 de mayo de 2006 y el parágrafo IX del art. 2 de la Resolución Ministerial (RM) 868/10 de 26 de octubre de 2010; por infringir las normas de los arts. 12.III, 115.II, 117.I, 232 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1. Contenido de la acción
- I.1.1. Relación sintética de la acción
- I.1.2.1.
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- a)
- 1)
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.2.1.
- implica la distribución de competencias y potestades entre diversos órganos estatales para el ejercicio del poder, de manera que esa distribución se constituya en una limitación para cada órgano de poder, el que sólo podrá ejercer las potestades que forman parte de su competencia.
- III.2.2. El principio de supremacía jurídica y valorativa de la Constitución y de jerarquía normativa
- III.3. El examen de constitucionalidad
- i)
- III.4.
- III.5.
- III.6.