Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0595/2012
Fecha: 20-Jul-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes, en representación de la Asociación de Transporte Mixto 23 de marzo “Eduardo Avaroa”, alegan la vulneración del derecho al trabajo, así como el principio de “seguridad jurídica”, de todos sus asociados por cuanto las autoridades ahora demandadas en su calidad de Concejales Municipales de El Torno, con el pronunciamiento de la OM 043/2009 de 11 de septiembre impiden que la Asociación que representan, pueda ejercer su legítimo derecho al trabajo.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- “procedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre la legitimación activa en la acción de amparo constitucional y la ausencia de personería
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Actuación del Tribunal de garantías.
- III.5. Dimensión de los efectos de la acción tutelar