SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0613/2012
Fecha: 23-Jul-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega que las autoridades demandas lesionaron los derechos de su representado al trabajo, al sustento diario, al debido proceso, a la “seguridad jurídica”, púesto que a pesar de haberle otorgado la entonces Alcaldía Municipal de Cochabamba el padrón municipal de funcionamiento para un local dedicado a la actividad de barra americana, bajo la razón social “New Sunset” - “2000”, sin razón alguna -según afirma el accionante- por segunda vez, personal técnico de la Dirección de Moral y Eventos Públicos del municipio de Cochabamba, procedieron al acta de clausura temporal del referido local, con errores esenciales insubsanables por cuanto la clausura recae sobre el lenocinio “Saratoga”, no así sobre el bar “New Sunset” - “2000”, aspecto que invalida la eficacia jurídica de la supuesta clausura al no haber sido plenamente identificado el objeto. Por consiguiente, corresponde en revisión, establecer si se debe otorgar o no la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- siempre que el ordenamiento jurídico ordinario no prevea un medio idóneo y expedito para reparar la lesión producida
- III.2. De la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto