Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0614/2012
Fecha: 23-Jul-2012
II.1.
II.1. Por motivos de acefalia, el Director General de Gestión Docente VEEAA del entonces Ministerio de Educación y Culturas, según Memorándum de Designación 0000425 de 2 de junio de 2008, designó a Jesús Gualberto Angulo Díaz, como Director Administrativo del Instituto Normal Superior “Dr. Manuel Ascencio Villarroel”, en la localidad de Paracaya, como “INVITADO: a tiempo completo, dedicación exclusiva, permanencia en el INS. sujeto a evaluación al desempeño” (sic) (fs. 15).
- I.1.1. Hechos que motivan la demanda
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y excepciones al principio de subsidiariedad
- rehabilitación de las personas inutilizadas
- 4. A trabajar en condiciones adecuadas, de acuerdo a sus posibilidades y capacidades, con una remuneración justa que le asegure una vida digna.
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2° CONCEDER