SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0680/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0680/2012

Fecha: 02-Ago-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

En el presente recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad se demanda la inconstitucionalidad del art. 33.2 de la LOEP, porque vulneraría el art. 206.V de la CPE, al ser presuntamente contradictoria al mencionado artículo, con relación al número de ternas para la conformación de los Tribunales Departamentales Electorales, restando con ello la participación de los asambleístas departamentales; es decir, que de cinco ternas previstas para vocales de los Tribunales Departamentales Electorales, el art. 33.2 de la LOEP, reduce a cuatro las ternas que deberán ser elevadas a la Cámara de Diputados. En consecuencia, corresponde determinar si los extremos denunciados son evidentes a los efectos de efectuar el control de constitucionalidad que le encomienda a este Tribunal el art. 202.1 de la CPE.