Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0756/2012
Fecha: 13-Ago-2012
ejecutoriada la sentencia condenatoria
En ese entendido, ejecutoriada la sentencia condenatoria, además de remitir antecedentes al juez de ejecución penal, el juez o tribunal de la causa que dictó la condena, es el que ordenará la captura del condenado si éste se encuentra en libertad, emitiendo el mandamiento correspondiente, así como también hará cumplir los efectos de la sentencia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegando
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Nadie sufrirá sanción penal que no haya sido impuesta por autoridad competente en sentencia ejecutoriada
- Fragmento 13
- ejecutoriada la sentencia condenatoria
- expedido y ejecutado
- III.3. Análisis del caso concreto
- Sentencia que aún no adquirió ejecutoria
- 2º