Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0777/2012
Fecha: 13-Ago-2012
II.5.
II.5. El Certificado de atención prenatal de la beneficiaria Flavia Rosario Torrez Apaza, donde el asegurado es Miguel Ángel Rojas Romero, demuestra la atención médica desde el cuarto mes de embarazo, otorgándosele el subsidio prenatal a partir del 7 de enero de 2010, y cuyos controles están registrados hasta el 19 de abril del mismo año (fs. 50).
II.5. El Certificado de atención prenatal de la beneficiaria Flavia Rosario Torrez Apaza, donde el asegurado es Miguel Ángel Rojas Romero, demuestra la atención médica desde el cuarto mes de embarazo, otorgándosele el subsidio prenatal a partir del 7 de enero de 2010, y cuyos controles están registrados hasta el 19 de abril del mismo año (fs. 50).
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegando
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de cumplimiento y su naturaleza jurídica
- ante el incumplimiento de deberes concretos contenidos en ellas
- procede contra actos ilegales u omisiones ilegales o indebidas
- cual es garantizar la materialización de un deber omitido; que tiene que estar de manera expresa y en forma específica previsto en la norma constitucional o legal.
- III.3. Sobre las causales de improcedencia para dilucidar la acción de cumplimiento
- Cuando se alegue lesión a derechos y garantías que puedan ser tutelados a través de las acciones de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR