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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0844/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0844/2012

    Fecha: 20-Ago-2012

    II.2.

    II.2.  Por memorial de 25 de abril de 2012, el accionante interpuso apelación incidental contra la Resolución 135/2012 de 23 de abril (fs. 14 a 15), y por decreto de 26 del referido mes y año, la autoridad judicial dispone se remita antecedentes originales y/o fotocopias legalizadas ante la Sala Penal de turno del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz (fs. 15 vta.).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • pendiente sin resolver.
    • III.1.Reiteración a la jurisprudencia
    • III.2. Remisión de obrados ante el tribunal ad quem de una apelación que comprometa la libertad debe efectuarse con la debida celeridad
    • ello no significa que el término de veinticuatro horas
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • la frase plazo razonable, tratándose de señalamientos de día y hora de audiencia para considerar este beneficio, debe ser conceptuada como un término brevísimo, de tres días hábiles como máximo, pues el imputado se encuentra privado de su libertad

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