SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0981/2012
Fecha: 05-Sep-2012
I.2.1. Ratificación de la acción
El accionante, mediante su abogado, ratificando la acción de amparo constitucional, señalo que: A consecuencia de que en la institución, se enteraron de la existencia de la presente acción de amparo constitucional, recibió una copia de un informe jurídico dirigido a la autoridad accionada, para que asuma alguna decisión, al cual tendría que atenerse o no, éste informe señala que se le notificó el 29 de julio, mismo que no constituye una respuesta motivada, oportuna ni específica para tener certeza de las razones de su situación laboral, ni cuál es la causa de su despido o si goza o no de los derechos laborales que le corresponden, refiere también que conforme a la SC “275/2003” (sic) para que la respuesta sea oportuna debe resolver el fondo del pedido y comunicar al peticionante las razones de la solicitud, debe cubrir todas sus pretensiones, exponiendo las razones porque no aceptó o dio curso a la misma.
Después de la intervención de la otra parte, señalo que: Ha tenido que llegar hasta la audiencia de la acción de amparo constitucional, para saber que su situación laboral fue debido al supuesto “abandono” (sic) de funciones y que estos aspectos debieron haber sido consignados en nota expresa de respuesta a sus solicitudes, con lo cual es evidente la vulneración de su derecho a la petición.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El derecho a la petición
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1)
- conceder
- APROBAR