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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0981/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0981/2012

    Fecha: 05-Sep-2012

    II.6.

    II.6.  Marilú Menacho Cardozo, Notaria de Fe Pública Primera Clase 18, el 20 de julio de 2010 certificó que esa jornada se constituyó al SEDCAM de Oruro, a la oficina de secretaría preguntando a la “Srta. Secretaria” (sic) si había alguna respuesta a las notas de 1 y 15 de julio de 2010 del accionante, a lo que le respondió “todavía no” (sic) (fs. 8).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • concedió
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2. El derecho a la petición
    • III.3. Análisis  del caso concreto
    • 1)
    • conceder
    • APROBAR

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