Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1037/2012
Fecha: 05-Sep-2012
II.5.
II.5. La RA 001/2010 de 23 de marzo, pronunciada por el Director del SEDES Santa Cruz, resolvió rechazar el recurso incidental de inconstitucionalidad planteado por Tania Socorro Echeverría Barrancos, propietaria de la farmacia “ABC”, por no existir violación al art. 56 de la Ley 1737 y su Reglamento -DS 25235 de 30 de noviembre de 1998-, ni a la supremacía constitucional de la norma en relación a la OM 081/2007 de 16 de octubre (fs. 138 a 139).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Respecto al derecho a la petición
- III.3. La seguridad jurídica en la Constitución Política del Estado
- III.4. El derecho al trabajo
- III.5. El derecho a dedicarse al comercio
- Fragmento 17
- III.6.