SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1050/2012
Fecha: 05-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante considera la vulneración a sus derechos al debido proceso, a la “seguridad jurídica”, a la defensa, a una justicia pronta y oportuna, por la Fiscal de Materia en suplencia legal del Fiscal de Distrito -ahora Departamento- de Oruro, emitió Resolución de 5 de abril de 2010, la cuál revocó la decisión de la Resolución de rechazo de denuncia, efectuada por el Director Funcional de las investigaciones y a la vez dispuso la prosecución de las investigaciones en su contra, hasta la conclusión del proceso penal, siendo dicho fallo ilegal y arbitrario, cuando no correspondía la revisión del referido rechazo, menos la reapertura de la investigación dentro la etapa preliminar. Por consiguiente, corresponde analizar, en revisión, si en el caso presente se debe conceder o denegar la tutela que brinda la acción de amparo constitucional.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- “improcedente”
- I.3. Consideraciones de sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La subsidiaridad en la acción de amparo constitucional
- ”
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así: a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- El control de la investigación, conforme a las facultades y deberes previstos en este Código;
- pues es el juez el encargado de precautelar que la fase de la investigación se desarrolle en correspondencia con el sistema de garantías reconocido por la Constitución Política del Estado, las Convenciones y Tratados internacionales vigentes y las normas del Código procesal penal; por ello, toda persona relacionada a una investigación, que considere la existencia de una acción u omisión que vulnera sus derechos y garantías, debe acudir ante esa autoridad.
- III.4.Análisis del caso concreto
- 1. a)
- APROBAR