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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1073/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1073/2012

    Fecha: 05-Sep-2012

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.2. Informe del demandado
    • I.2.3. Informe de los terceros interesados
    • concedió en parte
    • I.2.5. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 15
    • siempre que el ordenamiento jurídico ordinario no prevea un medio idóneo y expedito para reparar la lesión producida
    • que las divergencias sobre la aplicación o interpretación tanto del contrato social, de las asambleas, de las decisiones de los socios, de los negocios y/o disolución, serán resueltos por arbitraje
    • se concluye que el accionante, con carácter previo a acudir al amparo constitucional, no agotó las instancias correspondientes y no agotó la vía ordinaria, por cuanto frente a la determinación adoptada por la persona demandada y que a su juicio lesionan sus derechos que tiene invocados, no hizo uso de los recursos ordinarios precedentemente referidos, siendo que a través de los cuales, pudo perfectamente obtener la tutela que ahora reclama frente a los actos supuestamente ilegales del demandado; y en su defecto, una vez agotados esos medios, acudir recién a la jurisdicción constitucional, en observancia del principio de subsidiariedad
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • 1°
    • 2°  Se llama severamente la atención
    • 3°

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