SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1073/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1073/2012

Fecha: 05-Sep-2012

II.4.

II.4.  Por nota LP-GNPT-0149-SL-GNPT-010/2010 de 10 de marzo, el demandado, señaló que no puede considerarse la cuenta bancaria cuyos titulares serían los miembros del Directorio de PETROLEX S.A., puesto que, es el “Titular” el obligado a abrir y mantener las cuentas corrientes bancarias en Bolivia, y no así terceras personas como los miembros del Directorio, los cuales, no representarían la naturaleza ni la personería jurídica de la empresa ahora accionante (fs. 3).