Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1096/2012
Fecha: 05-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la defensa, al trabajo, a una remuneración y salario justo y a la estabilidad laboral, señalando que fue despedida intempestivamente e injustificadamente de EMBOL S.A., acusándole de faltas en las que hubiera incurrido en violación a su propio Reglamento Interno, por cuanto si bien lo dispuesto en los arts. 16 de la LGT y 9 de su DR otorga al empleador la facultad de despedir a un trabajador; sin embargo, ello debe ser previo proceso y cuando acudió ante la Jefatura Departamental de Trabajo en la audiencia de conciliación se mantuvo la decisión de despido y el pago de sus beneficios sociales.
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1.
- ha generado,
- el derecho fundamental a la continuidad y estabilidad laboral consagrado en el art. 48.II de la Norma Suprema
- el derecho de las trabajadoras y trabajadores, así como del empleador, al proceso administrativo ante las autoridades del Ministerio del Trabajo, Empleo y Previsión Social (autoridades laborales administrativas) hasta la revisión de la decisión judicial posterior
- [el parágrafo IV fue interpretado por la SCP 0591/2012]
- III.1.2. Cuando la trabajadora o trabajador opta por el pago de sus beneficios sociales en lugar de su reincorporación
- III.2.El caso de examen
- proceda a la cancelación de la totalidad de sus beneficios sociales
- APROBAR