Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1096/2012
Fecha: 05-Sep-2012
III.2.El caso de examen
En principio, corresponde señalar que la accionante invocó simultáneamente ante la Jefatura Departamental de Trabajo de Cochabamba la protección de su derecho a la continuidad y estabilidad laboral solicitando su reincorporación a EMBOL S.A. y al mismo tiempo el pago de sus beneficios sociales y otros derechos sociales, conforme se advierte del contenido de su memorial de 28 de marzo de 2012 (Conclusión II.4) ocurriendo similar situación en su petitorio en la presente acción de amparo constitucional pretendiendo de igual forma la protección de ambos derechos (apartado I.1.3 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional).
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1.
- ha generado,
- el derecho fundamental a la continuidad y estabilidad laboral consagrado en el art. 48.II de la Norma Suprema
- el derecho de las trabajadoras y trabajadores, así como del empleador, al proceso administrativo ante las autoridades del Ministerio del Trabajo, Empleo y Previsión Social (autoridades laborales administrativas) hasta la revisión de la decisión judicial posterior
- [el parágrafo IV fue interpretado por la SCP 0591/2012]
- III.1.2. Cuando la trabajadora o trabajador opta por el pago de sus beneficios sociales en lugar de su reincorporación
- III.2.El caso de examen
- proceda a la cancelación de la totalidad de sus beneficios sociales
- APROBAR