Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1127/2012
Fecha: 06-Sep-2012
Fragmento 11
-ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, en la apelación incidental interpuesta por Luis Artemio Lucca dentro del proceso penal seguido contra Ernesto Giraldes García, emitieron la Resolución de 4 de junio de 2009, por el cual se excusaron de su conocimiento al encontrarse dentro de las causales previstas en el art. 3 inc. 9) de la LAPCAF (fs. 120); como también del conocimiento del proceso ordinario seguido por el accionante contra el Banco Mercantil Santa Cruz S.A. mediante Resolución de 5 de marzo de 2009, con el mismo argumento (fs. 118).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la demanda
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- “procedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- Fragmento 11
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Si la autoridad ya no ocupa el cargo desde el cual se hubiese supuestamente realizado un acto ilegal u omisión indebida, se debe demandar de amparo constitucional contra la autoridad que lo desempeña
- III.2.
- Fragmento 15
- 2º