SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1130/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1130/2012

Fecha: 06-Sep-2012

1)

Con la réplica el abogado de la parte accionante expresó que: 1) El inmueble tienen una tradición de transferencias y uso del derecho propietario desde 1994, encontrándose cancelados los impuestos de ley que corresponden; y, 2) El amparo constitucional tiene un carácter sumarísimo, sin más actuados que la réplica y la dúplica.

En uso de la dúplica, el abogado de la parte demandada expresó que: La documentación presentada por el accionante y sus títulos son “tachados de fraguados” (sic), hecho que debería ser considerado, debiendo además procederse a la citación del garante de evicción y saneamiento tal cual correspondía en el presente caso.