SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1130/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1130/2012

Fecha: 06-Sep-2012

Nadie podrá ser privado arbitrariamente de su propiedad

Por su parte, la Declaración Universal de Derechos Humanos en su art. 17, determina: ”Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente. Nadie podrá ser privado arbitrariamente de su propiedad”, y en el art. 5 de la Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 21 de diciembre de 1965, se dispone que:”Los Estados Partes se comprometen (…) a garantizar (…) El derecho a ser propietario individualmente y en asociación con otros”.