Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1146/2012
Fecha: 06-Sep-2012
II.7.
II.7. Por memorial presentado el 8 de junio de 2010, ante el Fiscal General del Estado, la accionante impugnó el requerimiento y solicitó libre mandamiento de restitución contra la providencia de 31 de mayo de 2010, y se disponga su restitución a su fuente laboral (fs. 19 a 23); con providencia de 10 de junio del mismo año, emitida por el Fiscal General del Estado, refiriéndose a José Ignacio Calle López, Fiscal de Distrito: “…deberá la impetrante acudir ante dicha autoridad, a fin de impetrar lo solicitado” (sic) (fs. 24).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- I
- III.3. Del debido proceso
- III.4. Del principio de legalidad
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR