SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1153/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1153/2012

Fecha: 06-Sep-2012

concedió

La Sala Civil y Comercial Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 26/2010 de 6 de septiembre, cursante de fs. 98 vta. a 100, concedió la tutela solicitada, disponiendo la reincorporación de la accionante al trabajo que desempeñaba en el distrito tres, con todos los derechos inherentes conforme lo establece la Ley 975 de 2 de marzo de 1988, hasta que el ser en estado de gestación cumpla un año de edad, tiempo en el cuál la “demandante” tiene la situación de funcionaria inamovible y que posteriormente a ese plazo podrán ejercer todos los procedimientos legales que permita el ordenamiento jurídico a efectos de cualquier otro cambio de esa situación; con el siguiente argumento: a) La Ley 975 establece la inamovilidad de la mujer embarazada de su puesto de trabajo, y en aplicación de esa norma no se puede mover por ningún motivo a una trabajadora en estado de gestación; b) El cambio de funciones de un lugar a otro también se puede interpretar como un despido, toda vez que, cambia la situación y las condiciones de trabajo, apartando las cuestiones de embarazo; y, c) La situación de embarazo y la protección constitucional directa y precisa al embarazo en materia laboral y seguridad social impide tomar en cuenta los fundamentos expuestos por la autoridad demandada, siendo evidente la vulneración de derechos y garantías constitucionales a la seguridad social y estabilidad laboral correspondiendo aplicar los arts. 45 y 48 de la Constitución Política del Estado.