Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1163/2012
Fecha: 06-Sep-2012
“hasta tanto se convoque a la titularidad del cargo conforme establece la Ley del Estatuto del Funcionario Público y el DS 26115…
De los antecedentes señalados, se tiene establecido que Lenny Rosario Rivas Antezana, por memorándum URH/218/2010 de 24 de febrero, fue designada como “Profesional I”, con ítem 378 del Área de Cultura, dependiente de la Secretaría Departamental de Desarrollo Humano del ahora Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba, “hasta tanto se convoque a la titularidad del cargo conforme establece la Ley del Estatuto del Funcionario Público y el DS 26115…” (sic), teniendo pleno conocimiento conforme dicho memorándum que su trabajo estaba sujeto a una condición, no habiendo demostrado la accionante que se presentó a un examen para ser considerada como funcionaria de carrera.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- I
- III.2. Derecho a la petición
- III.3. De la seguridad jurídica
- discapacidad
- III.5. Análisis del caso concreto
- “hasta tanto se convoque a la titularidad del cargo conforme establece la Ley del Estatuto del Funcionario Público y el DS 26115…
- por mi situación de salud me acojo a la Ley 1678 y a partir de esta desgracia acepto la 'discapacidad' esta obscuridad que me costó admitir por largos años, como ser humano, y desde esta instancia le solicito muy fraternalmente y respetuosamente me restituya a mi fuente de trabajo”
- APROBAR