SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1186/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1186/2012

Fecha: 06-Sep-2012

CONCEDIÓ en parte

La Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante la Resolución 02/11 de 27 de enero de 2011, cursante de fs. 246 a 248, CONCEDIÓ en parte la tutela; disponiendo que el Rector de la EMI en un término de setenta y dos horas, emita respuesta al memorial de 16 de marzo de 2010, todo en el marco del derecho a la petición que determina el art. 24 de la Constitución Política del Estado, bajo los siguientes fundamentos: i) En cuanto al incidente de nulidad planteado por el accionante contra la Resolución 961/2009, se establece que no se hubiera notificado al haberse dejado el referido fallo a su abogado, cuya firma aparece al pie de dicho acto procesal; por ello no existe ningún incidente de nulidad que impugne dicha diligencia; y, ii) El 16 de marzo de 2010, solicitó a la EMI, se deje sin efecto la Resolución del Consejo Superior Académico, mismo que hasta el presente no recibió pronunciamiento alguno, correspondiendo otorgar la tutela.