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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1186/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1186/2012

    Fecha: 06-Sep-2012

    II.4.

    II.4. El Director de la Unidad Académica La Paz de la EMI, por nota 560/09 de 8 de diciembre de 2009 hizo conocer a Marlene Ballón Moya, que todo tipo de documentación debió ser dirigida a la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) de la EMI; sin embargo, por memorial de 9 de diciembre del citado año, el accionante reiteró su solicitud de las referidas fotocopias (fs. 13 a 14).

    • Fragmento 1
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • i)
    • 1)
    • CONCEDIÓ en parte
    • Fragmento 7
    • II.1.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.9.
    • II.10.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
    • III.2. Sobre el derecho a la petición
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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