Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1186/2012
Fecha: 06-Sep-2012
II.7.
II.7. Por nota 032/2010 de 28 de enero, el Comandante General del Ejército emitió pronunciamiento al memorial de denuncia y demás obrados alegando no tener competencia en los casos académicos, en razón de dar cumplimiento a la Resolución Ministerial (RM) 0983 de 16 de septiembre de 2009; sin embargo, el accionante, al no estar conforme con el referido pronunciamiento, reiteró su nota el 1 febrero de 2010 (fs. 30 a 31).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- i)
- 1)
- CONCEDIÓ en parte
- Fragmento 7
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Sobre el derecho a la petición
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR